El 9 de marzo de 2018 entra en vigor la nueva ley 9/2017, de 8 de Noviembre de Contratos del Sector publico.
La junta consultiva de contratacion administrativa del Estado ha aprobado tres Informes en relación al contrato menor en los que se pueden extraer cinco conclusiones fundamentales:
Esta conducta defraudadora queda prohibida en la ley cualquiera que sea el momento en que se produzca.
Por ello, fuera de los casos de alteración fraudulenta del objeto del contrato, sí es posible celebrar otros contratos menores con el mismo contratista, pero en este caso habrá de justificarse adecuadamente en el expediente que no se dan las circunstancias prohibidas por la norma.